miércoles, 7 de noviembre de 2012

Información útil: "Psicólogo General Sanitario"


Pretenden hacer una suerte de regularización paralela al "Psicólogo clínico" (PIR), de tal manera que sólo podrán ejercer la psicología clínica (sanitaria) los PIR y los que tengan este nuevo título.
Fuera de eso, todo quedará en la ilegalidad sancionable.
El intento es noble, creo, para poder regular un poco el que se pueda uno poner como psicólogo en una consulta propia sin ton ni son, solamente con lo escaso y superficial de la titulación de la carrera (licenciatura o grado en psicología), ya que lo que estaría por detrás de la titulación de "Psicólogo general sanitario" sería un mínimo de 400 horas de conocimientos teóricos sobre clínica y 100 horas de práctica.
Hasta aquí todo estupendo.
¿Los problemas?
1- Para darse de alta como "Psicólogo general sanitario" hay que estar trabajando en un "Centro Sanitario". Si tienes tu propia consulta, tienes que darla de alta como tal, lo que equivale a interminable papeleo y tasas. Avisando de que incluye hasta planos de la consulta y seguros contratados para la misma.
Y lleva a la pregunta: ¿Y si yo estoy alquilando despacho para pasar consulta en un sitio dado de alta como "Centro Sanitario", cuenta?.
2-  Para darse de alta como "Psicólogo general sanitario" habría que hacer un máster oficial que garantice esas 400 horas teóricas y 100 prácticas. Máster que todavía no existe, siendo aun así ya obligatorio estar registrado como "Psicólogo general sanitario".
Como es una paradoja, lo que se ofrece hacer hasta que tal máster exista es pedir en la facultad el "Certificado académico personal", con el itinerario de asignaturas que se han cursado, que "demostraría" el conocimiento en el ámbito de lo clínico, o presentar la documentación con toda la formación de post-grado que se haya hecho (entiéndase que avalada por el COP) que supere esas 400 y 100 horas.
Resulta ridículo entonces el intento de regulación ya que lo que se pide, basicamente, es el título de licenciatura o grado.

Entonces, si estás trabajando en un "Centro sanitario", hay que cumplimentar la documentación para "Psicólogo general sanitario".
Si no lo estás, o te fastidias o te das de alta como "Centro Sanitario" (papeleo y tasas) y luego te lo darías como "Psicólogo general sanitario".

El registro, tanto para el alta de centros como para la titulación, está en: c/  Paseo de Recoletos, 14, 5ª planta.
Las webs con informaciónRegistro Centros y Información COP-Madrid.

Espero que pueda ayudar a los compañeros terapeutas que se encuentran confusos con la situación.

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